La institución patronal
hizo la recomendación para dar un compás de espera a que el Ministerio de
Trabajo emita la resolución que ordene la
aplicación el esquema de clasificación de empresas previsto en la Ley
488-08.
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Confederación
Patronal Dominicana (COPARDOM) instruyó a sus empresas miembros a no efectuar a partir de este lunes 15 el
incremento del salario mínimo de 13%, aprobado para el sector privado no
sectorizado, para aplicarlo a partir del 30 de este mes y retroactivo al día
primero.
La institución patronal
hizo la recomendación para dar un compás de espera a que el Ministerio de
Trabajo emita la resolución que ordene la
aplicación el esquema de clasificación de empresas previsto en la Ley
488-08.
COPARDOM
ha estado a la expectativa de la publicación de la citada resolución desde que
el Ministro de Trabajo refrendó el incremento de un 20% a los salarios mínimos
para el sector privado no sectorizado que recomendó el Comité Nacional de
Salarios, para que fuese aplicado en dos fracciones, una primera de un 13% a
partir de mayo y otra del 7% desde noviembre de 2017.
La
organización patronal ratificó su apoyo al aumento de 20% al salario
mínimo del sector privado no
sectorizado, aplicable en dos etapas, pero indicó que para hacer esto efectivo
es esencial cumplir con la citada legislación para evitar distorsiones.
El
gremio de los empleadores envió una circular a su membresía en la que señala: “El sector empleador privado no puede aplicar
un aumento de salario sin antes contar con la reclasificación de las empresas,
porque si una gran compañía baja a una micro empresa el salario que paga hoy
sería diferente al que pagaría con la reclasificación, que debió ser publicada
por el Ministerio de Trabajo hace una
semana,” proclamó COPARDOM.
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