SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Trabajo reitera a empleadores,
trabajadores y a la población empresarial en sentido general, las fechas en que
serán celebrados los días feriados durante el año 2018, dando cumplimiento a la
Ley 139-97, la cual establece la aplicación de los días feriados.
El lunes 1 de enero, fecha de celebración del “Año
Nuevo”, no se cambia, el sábado 6 del mismo mes, conmemoración del “Día de los
Santos Reyes”, no se cambia.
El domingo 21 de enero, día de “Nuestra Señora de la
Altagracia”, no se cambia; viernes 26, fecha que se conmemora el
“Natalicio de Juan Pablo Duarte”, se trabaja y se cambia para el lunes 29 de
enero. El martes 27 de febrero, “Día de la Independencia Nacional”, es
inamovible.
El Viernes Santo, festividad religiosa en que se
conmemora la muerte de Jesucristo, no se cambia, por tanto, se mantiene
el viernes 30 de marzo como día feriado.
Asimismo, el “Día del Trabajo”, martes 1ro de mayo,
se trabaja, y se cambia el feriado para el lunes 30 de abril. El
Ministerio de Trabajo informa que la festividad religiosa “Corpus Cristi” que
este año 2018 se celebrará el jueves 31 de mayo, no se cambia; además es
inamovible el “Día de la Restauración”, correspondiente al jueves 16 de agosto.
Precisa la institución, que el lunes 24 de
septiembre, día que se celebra la fiesta de “Las Mercedes”, será
celebrado en la misma fecha. En tanto, el día de la “Constitución” que se
celebra el martes 6 de noviembre, se trabaja, y se cambia el día de fiesta para
el lunes 5 del mismo mes.
La nota indica que el martes 25 de diciembre, día
del Nacimiento de Jesús (Día de Navidad), no se cambia.
El documento con los días feriados correspondientes
al año 2018 puede ser descargado en el Portal Web de la Institución
www.mt.gob.do y además será publicado en las Redes Sociales institucionales y
Medios de Comunicación.
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