![Resultado de imagen para captura y comercializaciĆ³n de la langosta marina](http://yucatanalamano.com/wp-content/uploads/2018/02/langosta-1.jpg)
Al ofrecer detalles al respecto, el director de CODOPESCA en la provincia de Puerto Plata, RomĆ”n Tolentino, recordĆ³ que el perĆodo de veda se establece debido a que en esta Ć©poca del aƱo las langostas se encuentran en su mayor perĆodo reproductivo y su captura entorpece ese ciclo vital, poniendo en riesgo su supervivencia.
Tolentino, explicĆ³ que las especies de langostas prohibidas en cumplimiento a lo que establece el Decreto 119-12 del 4 de marzo del aƱo 2012, ademĆ”s de la ley 307-04 en sus artĆculos 48 y 80, son: Langosta espinosa (Panulirus argus), Langosta pinta (Panulirus guttatus) MamĆ” langosta (Parribacus antarcticus) y la Langosta de piedra (Scyllarides sp.).
El funcionario dijo que esta disposiciĆ³n se ejecuta en consonancia al Reglamento OSP-02-09, que establece la veda regional simultĆ”nea para todos los paĆses de CentroamĆ©rica y la RepĆŗblica Dominicana, por lo cual se prohĆbe la captura, el procesamiento y la tenencia de langostas vivas, carne o masa y la comercializaciĆ³n de las especies seƱaladas.
De igual modo, sugiriĆ³ a los ciudadanos dominicanos y extranjeros que visitan las playas y restaurantes del paĆs no consumir langostas durante el perĆodo de veda de este crustĆ”ceo, he hizo Ć©nfasis que la conservaciĆ³n de esta especie favorece el equilibrio de nuestros ecosistemas costero-marinos y garantizando su disfrute por parte de las futuras generaciones.
El representante del Consejo Dominicano de Pesca y Acuicultura (CODOPESCA) en la provincia atlĆ”ntica de Puerto Plata, dijo que este es el octavo aƱo consecutivo que los paĆses del Sistema de la IntegraciĆ³n Centroamericana (SICA) que es integrado por Costa Rica, Belice, Honduras, Guatemala, Nicaragua, El Salvador, PanamĆ” y RepĆŗblica Dominicana, anuncian de manera simultĆ”nea la medida para proteger el perĆodo del aƱo de mayor reproducciĆ³n de la langosta.
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