
Al ofrecer detalles al respecto, el director de CODOPESCA en la provincia de Puerto Plata, RomĆ”n Tolentino, recordó que el perĆodo de veda se establece debido a que en esta Ć©poca del aƱo las langostas se encuentran en su mayor perĆodo reproductivo y su captura entorpece ese ciclo vital, poniendo en riesgo su supervivencia.
Tolentino, explicó que las especies de langostas prohibidas en cumplimiento a lo que establece el Decreto 119-12 del 4 de marzo del aƱo 2012, ademĆ”s de la ley 307-04 en sus artĆculos 48 y 80, son: Langosta espinosa (Panulirus argus), Langosta pinta (Panulirus guttatus) MamĆ” langosta (Parribacus antarcticus) y la Langosta de piedra (Scyllarides sp.).
El funcionario dijo que esta disposición se ejecuta en consonancia al Reglamento OSP-02-09, que establece la veda regional simultĆ”nea para todos los paĆses de CentroamĆ©rica y la RepĆŗblica Dominicana, por lo cual se prohĆbe la captura, el procesamiento y la tenencia de langostas vivas, carne o masa y la comercialización de las especies seƱaladas.
De igual modo, sugirió a los ciudadanos dominicanos y extranjeros que visitan las playas y restaurantes del paĆs no consumir langostas durante el perĆodo de veda de este crustĆ”ceo, he hizo Ć©nfasis que la conservación de esta especie favorece el equilibrio de nuestros ecosistemas costero-marinos y garantizando su disfrute por parte de las futuras generaciones.
El representante del Consejo Dominicano de Pesca y Acuicultura (CODOPESCA) en la provincia atlĆ”ntica de Puerto Plata, dijo que este es el octavo aƱo consecutivo que los paĆses del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) que es integrado por Costa Rica, Belice, Honduras, Guatemala, Nicaragua, El Salvador, PanamĆ” y RepĆŗblica Dominicana, anuncian de manera simultĆ”nea la medida para proteger el perĆodo del aƱo de mayor reproducción de la langosta.
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