Junta Central Electoral emitirá reglamento de campaña si no se aprueba Ley de Partidos

Image result for Pleno de la Junta Central Electoral DominicanaREPÚBLICA DOMINICANA.-El presidente de la Junta Central Electoral (JCE),doctor Julio César Castaños Guzmán, advirtió que si el Congreso no aprueba el proyecto de ley de partidos políticos, esa institución emitirá un reglamento de campaña fundamentado en la potestad que le da el artículo 212 de la Constitución.

Precisó que para tomar esa medida la JCE tiene el aparente apoyo de los partidos políticos, pues el tema fue debatido en una reunión que sostuvo en enero el pleno del organismo con los presidentes de 21 partidos políticos, incluidos los máximos directivos de los cuatro mayoritarios.
En una sesión del 14 de mayo de este año el pleno de la JCE estimó que “la facultad reglamentaria de la Junta Central Electoral establecida en la Constitución de la República, es un derecho y obligación del organismo avalado por las leyes vigentes”.
Según consta en el acta de esa reunión, la JCE puntualiza que el alcance de la facultad reglamentaria no impide que la JCE en su momento emita y exponga a consulta de los partidos y agrupaciones políticas, así como a los sectores involucrados en el proceso los proyectos de reglamentos y resoluciones, para su vigencia posterior a su aprobación.
El órgano electoral se pronunció en esos términos en respuesta al presidente de Alianza País, Guillermo Moreno, que intimó a la JCE mediante un acto de alguacil a emitir lo antes posible un reglamento de campaña electoral para que pueda ser aplicado a tiempo.
Aunque la JCE consideró que la solicitud del político es extemporánea, dejó claro que podría en su momento emitir un reglamento en ese sentido.
El acta del organismo agrega que la legislación electoral y los reglamentos propenden a garantizar la celebración de procesos electorales con sujeción a los principios de libertad y equidad en el desarrollo de las campañas y transparencia en la utilización del financiamiento, como establece el párrafo IV del artículo 212 de la Constitución. “Y la responsabilidad está a cargo de este órgano, con plenos poderes y la imprescindible independencia para velar por el irrestricto cumplimiento de sus obligaciones”, expresa el documento.

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