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Publicar mensajes difamatorios contra candidatos a cargos electivos serán sancionados con prisión y multas en República Dominicana

REPÚBLICA DOMINICANA.-La publicación de mensajes negativos a través de las redes sociales que empañen la imagen de los candidatos que participan en los procesos electorales será sancionada con la pena de tres meses a un año de prisión y multa de cinco a quinientas veces el salario mínimo, según lo establecido en la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, en los casos de difamación e injuria pública.
Así lo dispone el artículo 44 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, en el que regula el período de precampaña o campaña interna de los partidos políticos.
Otras penalidades están contemplada en el capítulo IX de la ley recoge las diferentes penalidades que se aplicarán en los casos en que se viole la ley. En cuatro de ellos las sanciones incluyen penas de prisión cuando tras la condena de lo irrevocablemente juzgado.
La mayor sanción, según el artículo 78 de la ley, será aplicada a los representantes de las organizaciones políticas o las personas físicas o jurídicas que se apropiaren indebidamente de los recursos partidarios, destinándolos a un uso distinto al que establecen la ley y las instancias de dirección de los partidos: tendrá una condena de cuatro a diez años de prisión, tal como lo establece el Código Penal en los casos de abuso de confianza, y una multa de 100 a 200 salarios mínimos.

A una multa de 50 a 100 salarios mínimos, prisión de seis meses a un año e inhabilitación para ser candidato a posiciones de elección será condenado todo funcionario o empleado del Estado o de los municipios que ponga a disposición de un partido o candidato el uso de títulos, bienes o fondos provenientes de entidades públicas.

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