-Jurista afirma Ley Partidos contraviene
el artículo 49 de la Constitución y precedente del Tribunal Constitucional
SANTO DOMINGO.-El abogado Namphi Rodríguez interpuso una acción directa de
inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra las disposiciones
de la Ley de Partidos Políticos que sancionan con penas de hasta un año de
presión y multas de quinientos salarios mínimos la divulgación de “mensajes
negativos” en las redes sociales.
Rodríguez, presidente de la Fundación Prensa y Derecho, recurrió junto
al periodista y abogado Héctor Herrera Cabral la disposición del artículo 44,
numeral 6, de la Ley 33-18 por ser una
“ley mordazas” y representar una seria violación al derecho de libertad de
expresión consagrado por la Constitución.
El artículo 44, numeral 6, de la
Ley prohíbe varias actividades de difusión durante el período de precampaña o
campaña interna, entre las que está, “la difusión de mensajes negativos a
través de las redes sociales que empañen la imagen de los candidatos será
sancionada conforme a los artículos 21 y 22 de la Ley No. 53-07, sobre Crímenes
y Delitos de Alta Tecnología”.
El artículos 21 y 22 de la Ley 53-07 disponen que, la difamación y la injuria cometidas a través de medios
electrónicos, informáticos, telemáticos, de telecomunicaciones o audiovisuales,
se sancionará con la pena de tres meses a un año de prisión y multas de cinco a
quinientas veces el salario mínimo.
El jurista dijo que al disponer que la difusión de mensajes negativos a
través de las redes sociales” constituyen un delito, los legisladores
desconocieron que el derecho a la información del artículo 49 de
la Constitución no responde a un interés de naturaleza individual, sino que
tiende a un interés colectivo de la ciudadanía que es el de controlar el
ejercicio del poder por parte de los diferentes órganos del Estado.
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