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Abogado interpone acción de inconstitucionalidad contra Ley de Partidos por censurar la libertad de expresión en las redes sociales


-Jurista afirma Ley Partidos contraviene el artículo 49 de la Constitución y precedente del Tribunal Constitucional

SANTO DOMINGO.-El abogado Namphi Rodríguez interpuso una acción directa de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra las disposiciones de la Ley de Partidos Políticos que sancionan con penas de hasta un año de presión y multas de quinientos salarios mínimos la divulgación de “mensajes negativos” en las redes sociales. 
Rodríguez, presidente de la Fundación Prensa y Derecho, recurrió junto al periodista y abogado Héctor Herrera Cabral la disposición del artículo 44, numeral 6, de la Ley 33-18 por  ser una “ley mordazas” y representar una seria violación al derecho de libertad de expresión consagrado por la Constitución. 
El artículo 44, numeral 6,  de la Ley prohíbe varias actividades de difusión durante el período de precampaña o campaña interna, entre las que está, “la difusión de mensajes negativos a través de las redes sociales que empañen la imagen de los candidatos será sancionada conforme a los artículos 21 y 22 de la Ley No. 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología”. 
El artículos 21 y 22 de la Ley 53-07 disponen que, la difamación  y la injuria cometidas a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos, de telecomunicaciones o audiovisuales, se sancionará con la pena de tres meses a un año de prisión y multas de cinco a quinientas veces el salario mínimo. 
El jurista dijo que al disponer que la difusión de mensajes negativos a través de las redes sociales” constituyen un delito, los legisladores desconocieron que  el derecho a la información del artículo 49 de la Constitución no responde a un interés de naturaleza individual, sino que tiende a un interés colectivo de la ciudadanía que es el de controlar el ejercicio del poder por parte de los diferentes órganos del Estado.


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