-Estos magistrados separados de sus cagos podrÃan ser llamados a consultas por la Suprema Corte de Justicia, en casos especiales.También serán dotados de seguridad personal.
REPÚBLICA DOMINICANA.-Los nueve jueces que no fueron confirmados en la Suprema Corte de Justicia (SCJ) por el Consejo Nacional de la Judicatura continuarán devengando sus sueldos de alrededor de 400 mil pesos mensuales y podrÃan ser llamados a consulta en cualquier momento si un caso lo amerita.
Esa disposición está establecida en la Ley 327-98 sobre la Carrera Judicial que dispone que “si un juez de la Suprema Corte de Justicia que sea evaluado y el CNM decidiese separarlo de su cargo, este continuará disfrutando de todos los beneficios de juez en servicio, pues la separación del cargo por las razones que el CNM considere pertinente no constituye una sanción contra dicho juez”.
Esas jubilaciones quedaron contempladas para los jueces no ratificados como aspecto legal en la sesión del pasado jueves donde fueron designados los nuevos integrantes de la Suprema Corte de Justicia.
Miriam German Brito, Esther Agelan Casasnovas, Juan Hiroito Reyes, José Alberto Cruceta, Almánzar, Robert Placencia, Alejandro Moscoso Segarra, Sarah HenrÃquez MarÃn, tras ser evaluados y no ser ratificados les corresponde su jubilación.
La magistrada Germán Brito, en su condición de entonces presidenta de la Sala Penal de la SCJ continuará devengando RD$397,876.00; y los demás jueces no ratificados su salario es de RD$ 390, 030.00.
El saliente presidente de la Suprema Corte de Justicia, doctor Mariano Germán MejÃa y el juez Edgar Hernández, no se sometieron a las evaluaciones, no cumplieron con ese requisito establecido en la ley de carrera.
En la misma Ley está establecido que el régimen de seguridad social de los jueces y servidores judiciales en el artÃculo 56 le da facultad a la Suprema Corte de Justicia para instituir un régimen de seguridad social para los jueces y servidores judiciales, que incluya un seguro médico y un seguro de vida, cesantÃa voluntaria e invalidez.






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