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Dirección de Impuestos Internos libera a pequeños empresarios el pago de anticipos durante este año 2020

 


SANTO DOMINGO.-La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) dispuso este sábado  la exención de los anticipos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a los micro y pequeños empresarios durante el período agosto-diciembre del 2020, como medida tributaria para mitigar la crisis económica generada por de la pandemia del COVID-19.

Esta exención aplicará para todos aquellos negocios que, según la Ley 488-08 sobre el Régimen Regulatorio de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes) hayan reportado ingresos anuales iguales o menores a los RD$58 millones.

Sin embargo, la DGII permitirá que aquellos contribuyentes que no califiquen por haber declarado ingresos anuales mayores, pero que puedan demostrar una reducción significativa de sus ingresos durante la pandemia, puedan solicitar una exención total o parcial de los anticipos, de acuerdo a lo establecido en el párrafo IV del artículo 314 del Código Tributario, a través de un formulario preparado por la administración de la institución para esos fines.

Las constancias de suspensión del contrato de alquiler, de suspensión de contratos laborales y de suspensión de contratos de servicios como electricidad y comunicación también son requisitos a entregar junto a la solicitud.

La resolución DGG-AR1-2020-00001 contempla la exención de los anticipos para los contribuyentes del sector hotelero cuyas actividades registradas se circunscriben “a la sección i, division división 55, de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas (CIIU)”.

En el caso del pago de Impuestos sobre Activos (ISA), se exonerará del pago de la primera cuota a las micro y pequeñas empresas que realicen operaciones comerciales, “generadas con base en el ejercicio fiscal 2020. De esta disposición se excluyen los contribuyentes con cierre 31 de diciembre, que presentarán su declaración del ejercicio fiscal 2020 en abril de 2021”.

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