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JCE expedirá cédulas de identidad a menores a partir de los doce años

 

SANTO DOMINGO.- La Junta Central Electoral autorizó este lunes  la expedición de cédulas de identidad a menores a partir de los doce años de edad.

La resolución 74-20 del organismo electoral establece que todo menor que se presente a partir de la edad antes citada, deberá hacerlo acompañado por uno de sus padres.

“Autorizar la expedición de Cédulas de Identidad a todas las personas menores de edad, a partir de los doce (12) años cumplidos, la cual será expedida conforme las condiciones que la Junta Central Electoral establezca para esos fines y las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de Régimen Electoral”, cita la resolución.

En el caso de las niñas menores de doce años que se encuentran en estado de gestación, la JCE igualmente autoriza la entrega del documento a los fines de que los recién nacidos estén debidamente inscritos en el registro civil.

En tal sentido, la resolución puntualizó que la expedición de una cédula de identidad a menores que hayan cumplido los doce años, no es más que un documento único para la identificación del mismo, y bajo ningún concepto habilita al menor de edad la capacidad legal para actuar a nombre propio, ni vulnera ni hace desaparecer la Autoridad Parental de los padres sobre sus hijos o hijas menores de edad.

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