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Presidente Abinader hace realidad el sueño de 44 periodistas al otorgales pensión solidaria de 40 mil pesos mensuales


Entre los favorecidos con la pensión solidaria figura el veterano periodista Modesto Rodríguez, quien está enfermo y desprotegio, tras más de 4 décadas de labor, que inicio como corresponsal periodístico, quien es oriundo del municipio Pedro Brand.

SANTO DOMINGO, RD.-Tras años de espera de la solidaridad del Estado, 44 periodistas, muchos de los cuales  de larga carrera profesional y con padecimientos de salud, el presidente hizo realidad ese pedido, al otorgarle pensión solidaria de 40 mil pesos mensuales.

El Poder Ejecutivo acogió el listado que les sometió el gremio, y la hizo efectiva este lunes , en ocasión de celebrarse El Nacional del Periodista.

La disposición fue recibida con regocijo por los beneficiarios, sus familiares y la directiva del Colegio Dominicano de Periodistas, lo cual fue expresado en las redes sociales.

La Presidencia informó en comunicado de prensa que la disposición gubernamental también eleva a RD$40,000 mensuales la pensión asignada por el Estado al comunicador Leoncio Antonio Comprés Corsino.

Asimismo, indica que en caso de que los beneficiarios se encuentren disfrutando de una pensión estatal, éstos podrán optar por la que más le favorezca.

Los periodistas pensionados son Juan Modesto Rodríguez, Florencio Peguero Guerrero, Francia Cepín Martínez, Osvaldo Nelson Hernández Cruz, Manuel Miguel Vólquez Bello, Olivo Antonio de León Sandoval, Víctor Manuel Nova, José Francisco Madera, Carlos Enrique Ramírez Báez, Yonis Alberto Salazar Hernández, Juan Ávila, Yluminada Pérez Rubio, Tomás Santana Herrera y Humberto Del Carmen Olivo Veras.

También Víctor Manuel Pérez Quiñones, Diones Bienvenido Báez, Demetrio Esteban Sarita, Florencio Manuel Tejada Henríquez, Vicente Hernández, Carmen Lourdes Carvajal Núñez, Cándida María Acosta De Pérez, José Alfredo Rodríguez Ovalles, Félix Sosa, Augusto Antonio Álvarez, José Altagracia Alvarado Peguero, Vicente Antonio Balbuena Peña, Adriano de la Rosa Paulino.

Arsenio Roberto Corporán Díaz, Pedro Alfonso Segura Encarnación, Rafael Germán Fernández Ureña, María del Rosario Álvarez Leger, José Antonio Thomas, Alberto Odalis Báez, Rafael Francisco Pineda Cuevas, Antonio Núñez Núñez, César Andrés López Marte, Luis Mirtilio Féliz Peña, Mario Rodríguez Santos, Mariano Luis Vanderhorst, Miguel Ángel Polanco Báez, German Elpidio Santiago Sánchez, Ygnacio Sesilio Guerrero Tavárez, Ángela Genao y Altagracia Lora Fermín.

«El pago de toda pensión otorgada por el Poder Ejecutivo con cargo al fondo de pensiones y jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, tenga efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice su solicitud de inclusión en la nómina de los Jubilados y Pensionados Civiles del Estado ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado del Ministerio de Hacienda», indica el documento.

Establece que el organismo tendrá un plazo de tres meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, contados a partir de que el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión. «El pago de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo luego de cumplido dicho plazo”.


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