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Procuraduría General incinera mil 471 kilos de drogas incautados en diversos operativos


Leoncio Bautista

(editor)

PEDRO BRAND, SD.-La Procuraduría General de la República incineró en la sede de la Primera Brigada del Ejército Nacional, mil 471 kilos de drogas ocupados en diferentes operativos en los que participaron agentes de la DNCD, el Ministerio Público y miembros de las Fuerzas Armadas y agencias de inteligencias del Estado.

Se precisó  que la droga destruida corresponde a 636 casos que recibió en su dependencia del Instituto Nacional de Ciencias Forenses, encargada de analizar y posteriormente destruir las sustancias narcóticas.

El peso exacto de las drogas incineradas fue de 1,471 kilos, ocho gramos y 289 miligramos que comprenden 97.77% de cocaína, 8.21% de marihuana y el resto de crack y éxtasis, analizadas la última semana.

De acuerdo a las autoridades, las sustancias destruidas, fueron ocupadas en diferentes localidades del país por miembros de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) en coordinación con el Ministerio Público, y otros organismos de inteligencia.

De acuerdo con el informe dado a conocer por el Inacif, detalla que los destruidos fueron 1,349 kilos, 887 gramos y 424 miligramos de cocaína; 120 kilos, 740 gramos y 10 miligramos de marihuana; 303 gramos, 230 miligramos de crack y 77 gramos, 625 miligramos de éxtasis.

Las provincias con mayor cantidad de drogas ocupadas en el citado período fueron Santo Domingo, con más de 864 kilos; Samaná, con 388 kilos y 140 gramos; Barahona, con 82,977.49; La Altagracia, con 62,469.59; además de Elías Piña, con 38,457.47.

Les siguen Barahona, Distrito Nacional, La Romana, San Juan, Azua, San Cristóbal, Sánchez Ramírez, Peravia, El Seibo, Montecristi, Santiago Rodríguez, Espaillat, La Vega, Hato Mayor, Hermanas Mirabal, Valverde, San José de Ocoa y Duarte.

La quema de las sustancias se realiza cada semana en las instalaciones de la Primera Brigada de Infantería del Ejército de República Dominicana, cumpliendo con lo que establecen los artículos 33 y 92 de la Ley 50-88 sobre drogas y sustancias controladas, y el artículo 26 acápite 3 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.

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