SANTO DOMINGO.DN.-Las empresas de servicios de telecomunicaciones que operan en el paÃs, deberán asumir la obligación de “asegurar la calidad del servicio de acceso a Internet”, advirtió en un comunicado el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel).
El regulador señala, asimismo, que estas prestadoras deberán ceñir sus servicios “conforme lo establecido en la Norma de Calidad del Servicio de TelefonÃa y Acceso a Internet”.
Las medidas están contenidas en el Reglamento General del Servicio de Acceso a Internet emitido por el Indotel mediante la resolución 033-2020 para regular las relaciones en términos de derechos y obligaciones que impacta tanto a los usuarios como a las prestadoras.
El reglamento, junto a la resolución que precisa el uso del término ilimitado (resolución núm. 90-2020) obliga a las prestadoras a transparentar cualquier lÃmite que pudiera haber en sus planes, que en ciertos casos estaban ambiguos u omitidos del contrato o polÃtica de uso del servicio. Respondiendo a esto, hemos visto como empresas han revisado su polÃtica e incrementado hasta 10 veces los valores que tenÃan en algunos términos que habÃan quedado en la obsolescencia; respondiendo asà a los objetivos del Indotel de desarrollar el sector de las telecomunicaciones en el paÃs.
Sin embargo, el órgano regulador evaluará si los topes anunciados por las prestadoras resultan razonables, debido al incremento de la demanda de servicios digitales por parte de los usuarios y las caracterÃsticas de los servicios contratados.
El reglamento entrará en vigencia este 1 de julio de 2021 y regula las relaciones entre las prestadoras que ofrecen acceso a Internet y sus usuarios en cualquiera de sus modalidades: postpago o prepago, fijo o móvil, independientemente de la tecnologÃa que se utilice para la prestación del servicio, sea contratado en conjunto o de forma separada, indicó el Indotel.
Con esta medida el órgano regulador busca garantizar los derechos de cada una de las partes, y que cada uno de estos conozca de manera explÃcita sus respectivas obligaciones. En dicho reglamento, el regulador refirió que este “es de obligado cumplimiento y deberá ser aplicado y observado por todas las prestadoras de servicios públicos de acceso a internet que operan en la República Dominicana”
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