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FJT asegura fideicomiso de administración de Punta Catalina es inconstitucional


SANTO DOMINGO, RD.-La Fundación Justicia y Transparencia (FJT), calificó de inconstitucional el decreto del presidente, Luis Abinader, número 538-21, mediante el cual se constituye el denominado Fideicomiso Público Central Termoeléctrica Punta Catalina (Fideicomiso CTPC), el cual tendría como objeto la administración por 30 años de Punta Catalina.

El comité técnico será presidido por el exadministrador de la CDEEE, Celso José Marranzini Pérez, y los señores, José Luis Actis, Noel Báez Paredes, George Ángel Reinoso Núñez y John A. De Armas, todo ello amparado, paradójicamente, en la ley 189-11, que instituye el fideicomiso en la República Dominicana, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario.

 

La entidad cívica lamentó que el presidente Abinader, de forma errónea desarrolle por decreto una institución jurídica, que como tal, no existe en nuestro ordenamiento legislativo, (Fideicomiso Público), más bien solo aparece en una definición contenida en el decreto núm. 95-12, artículo 4 letra d, para la reglamentación de la ley 189-11, sin desarrollo alguno, además de estar desvinculado y descontextualizado de la referida ley, por no encontrar afinidad con las modalidades originalmente previstas.

 

Trajano Potentini, presidente de Justicia y Transparencia, explicó que el fideicomiso esta fundamentalmente concebido para actividades de naturaleza privada, con una estructura flexible y fuera de los controles de transparencia y rendición de cuentas del estado, con un patrimonio autónomo, con la agravante, de que para el caso ocurrente, estaríamos privatizando y enajenando un bien público, como lo sería la Central Termoeléctrica Punta Catalina, con un costo aún desconocido, pero muy superior a los 2 mil millones de dólares, afectando así, una función exclusiva del congreso, nunca por un decreto del ejecutivo.

 

Potentini, recordó al ejecutivo, el que la Constitución Dominicana, en su artículo 128, numeral 2, letra d, establece la obligatoriedad de contar con la aprobación del congreso, para la enajenación de cualquier patrimonio público, que supere los 200 salarios mininos, en consecuencia, dictar un decreto, ejecutando en lo inmediato, la transferencia y entrega de Punta Catalina en manos privadas, sin pasar por el congreso previamente, constituye una violación a la Carta Magna.

 

FJT anuncia someterá la inconstitucionalidad del decreto que privatiza y enajena el patrimonio público de punta catalina.

 

Asimismo, la Fundación Justicia y Transparencia, informó que, en los próximos días, bajo la dirección del jurista, Henri Misael Adames, estarán sometiendo por ante el Tribunal Constitucional, un recurso contra el decreto número 538-21, que crea el fideicomiso para la administración por 30 años de Punta Catalina, así como otras acciones judiciales tendentes a impugnar y cuestionar en diferentes instancias, todos los actos, que sobre el particular se vayan ejecutando.

 

En ese mismo orden, Potentini deploró, que pese a los esfuerzos de la fundación por restaurar la institucionalidad, en el marco del manejo de los negocios y administración del sistema eléctrico, con la interposición de un amparo contra la ilegal firma del Pacto Eléctrico, por excluir al sector social y de dos recursos de inconstitucionalidad, uno por la eliminación por decreto de la Compañía Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), y otro por la licitación al margen de la ley, de los contratos de compra y venta de energía, por varios miles de millones de dólares, se continúen violando la institucionalidad, con acciones como el referido decreto y la transferencia de las EDES al FONPER.

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