728x90


Vicemitro de Gestión y Naturalización considera necesario aplicar con todo rigor normas migratorias en RD

SANTO DOMINGO, RD.-El viceministro de Gestión y Naturalización, Juan Manuel Roosario, considera que debido al flujo constante y permanencia de inmigrantes de manera ilegal en territorio dominicano, es necesario aplicar con todo rigor las normas migratorias contenidas en la Constitución de la República, en la Ley de Migración número 285.04 y su reglamento de aplicación número 631-11. 

Sostuvo el funcinario que la situación de inestabilidad que registran algunos países proclives a que su población emigre hacia la República Dominicana, obliga al Estado dominicano a hacer uso de sus instrumentos legales en términos migratorios, para preservar lo que establecen nuestras instituciones en materia de migración, nacionalidad y extranjería.

De los contratos de trabajo y los empleadores

Rosario también expresó que los empleadores que contraten trabajadores temporeros extranjeros tienen la obligación de cumplir con las disposiciones de la Ley General de Migración 285-04 y su reglamento de aplicación 631-11; de tal manera que todo el trabajador temporero extranjero que esté en el territorio nacional debe estar legal y con un contrato de trabajo.

Recordó el Viceministro que la Ley 285-04 en su artículo 57 establece que el empleador debe presentar fianza de cobertura de los gastos de salud y repatriación de los extranjeros contratados o que ejerzan funciones en sus empresas, industrias, o en el sector económico de la índole que fuere. Igualmente manifestó que ocho días antes del vencimiento del contrato, el empleador debe informar a la Dirección General de Migración sobre la repatriación de los empleados cuyos contratos estén próximo a expirar.

El también profesor aclaró que la normalización laboral a través del contrato no implica la adquisición u otorgamiento de un estatus migratorio en beneficio de aquellos extranjeros que se encuentran laborando de manera ilegal en territorio nacional. Todo extranjero que esté ejerciendo las funciones de un trabajador temporero sin un contrato de trabajo deberá salir inmediatamente del territorio nacional.

Publicar un comentario

0 Comentarios