728x90


Colegio de Abogados califica como atentado a libertad de prensa y de expresión el proyecto de Ley Orgánica sobre Derecho a la Intimidad


Exhorta a los legisladores a rechazar dicho proyecto calificándolo como un proyecto de censura o mordaza para los medios de comunicación y la población en general. Dice es estocada mortal para los medios de comunicación .
 

SANTO DOMINGO, República Dominicana. -El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) rechazó ante la Cámara de Diputados el Proyecto de Ley Orgánica sobre Derecho a la Intimidad, el Honor, el Buen Nombre y la Propia Imagen, por entender que atenta contra la libertad de expresión y de prensa. 

Una comisión del Colegio de Abogados, encabezada por su presidente, Miguel Surun Hernández, depositó un documento en la Cámara Baja explicando las razones del rechazo de la pieza legislativa de autoría de la senadora por Bahoruco, Melania Salvador y que fue aprobada de manera “sorprendente” por el Senado de la República, según el jurista. 

Surun Hernández aseguró que se trata de un “proyecto mordaza”, que promueve la censura, que viola la Constitución y varios tratados internacionales en materia de derechos humanos y que da licencia a los funcionarios para operar el manejo de la cosa pública sin cuestionamientos.  

“Lo que se busca con este proyecto es blindar y librar a los políticos y funcionarios públicos, de los cuestionamientos que en democracia le corresponden hacer a los ciudadanos y a la prensa, una ley de censura, que pondría en peligro el rol de los medios de comunicación y de la población en general del ejercicio cívico y democrático de generar opinión pública por las redes sociales y otros medios”, manifestó el jurista. 

El presidente del CARD rechazó los artículos 3, 5, 6, 9, 10 y 13 de dicho proyecto de Ley, alegando que el artículo 3 plantea sanciones irracionales para los medios y personas; el artículo 5 que trata sobre derecho fundamental a la intimidad que establece que si un tercero realiza intromisiones en contra de la voluntad de una persona sin su aprobación puede ser sancionado, lo que establece límites de publicaciones de informaciones de personas que sean figuras públicas o políticos.  

Publicar un comentario

0 Comentarios