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Ex presidente Codia pide a Ministerio Educación garantizar debida transparencia en proceso liticación para readecuación canchas deportivas


SANTO DOMINGO, RD.-El ex presidente del Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (Codia), Teodoro Tejada pidió al Ministerio de Educación(MINERD) garantizar la correspondiente transparencia en el proceso de licitación para la re adecuación y techado de 168 canchas deportivas distribuidas en planteles educativos del país, dirigidos a MIPYMES.

Explicó el profesional de la ingeniería, que este martes 3 de mayo 2022, un día después de un lunes feriado debido al traslado de la fecha de celebración del Día Internacional del Trabajo , fueron entregados los sobres A y B a los oferentes participantes en esa licitación (MINERD-LPN-2020-004), lo que a su entender fue inadecuado.

Tejada detalló que los oferentes 589 de  manera presencial y 79 virtial, entregaron sus propuestas en los sobres A y B, en el Pabellón de Voleibol del Centro Olímpico Juan Pablo Duarte, hasta las 3:00 P.M,, con un personal de la entidad dando asistencia y de forma organizada, aunque no en las mejores condiciones , con la supervisión de 48 abogados notarios, entre éstos tres coordinadores.

Cuestionó , sin embargo, que fuera dejado fuera del proceso una gran cantidad de oferentes con sus documentos en las manos, ¨ya que hubo, un afán de no dar tregua después de la hora indicada, lo cual   debido al día festivo anterior debieron ser más flexibles¨.
 Esperamos que el Comité de Compras y Contrataciones del Minerd, establecido por la normativa del artículo 36 del Reglamento No. 543-12 de aplicación de la Ley No. 340-06, designen los peritos con capacidad, honestidad y transparencia necesarias, para evitar abusos y exclusiones, que no pongan tantos participantes personas físicas y jurídicas MIPYMES de relajo, eliminando licitantes por intereses personales desdeñable¨, expuso el ingeniero Tejada en nota suministrada a este y otros medios de comunicación. 
Consideró que el  Comité de Compras y Contrataciones, tiene  la obligación de respetar el articulo 21 de la ley 340-06 Sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones con modificación de Ley No. 449-06. 

¨Citamos: Articulo 21. El principio competencia dep Oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en la falta las aclaraciones que sean necesarias, dándose le la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Articulo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación¨, agregó.
El ingeniero Tejada, plantea que en los pliegos de  condiciones se debe respetar la Constitución, la ley 340-06 y su Reglamento 543-12 y la Resolución PNP-06-2020 sobre pautas generales para la elaboración de Pliegos de Condiciones, Fichas Técnicas y Terminos de Referencia en los Procedimiento de contratación pública. En el entendido de lo que establece el articulo 11de la ley 340-06. 
¨Citamo: Articulo 11. Las prácticas corruptas o fraudulentas comprendidas en el Código Penal o dentro de la Convención Interamericana contra la Corrupción, o cualquier acuerdo entre proponentes o con terceros, que establecieren practicas restrictivas de la libre competencia, serán causales determinantes del rechazo de la propuesta en cualquier estado del proceso o de la rescisión del contrato, si éste ya se hubiere celebrarlo¨, refirió.
El pasado presidente del Codia, entiende además, que los 48 abogados notarios participantes en el proceso no son relevantes, si el Comité de Compras y Contrataciones no actúa en ésta licitación con la transparencia obligatoria y debida.
¨La programación de entrega de propuesta, repito se programo hasta las 3:00 P.M., y la apertura del sobre A, iniciaría a las 3:30 P.M. de ayer 3 de mayo, y todavía a las 3:45 de la madrugada de hoy 4 de mayo, las y los notarios continuaban con la apertura del sobre¨, agregó Tejada.
Indicó que eso de planificar la apertura de la oferta técnicas "sobre A", indica que en MINERD, entendían que la participación fuera mínima, debido a recaudos excesivos en ésta licitación.
Recordó que el articulo 94 del Reglamento de Aplicación 543-12,  en su artículo 94, dice textualmente: El Comité de Compras y Contrataciones aprobará, si procede, el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas "Sobre A", y emitirá el acta correspondiente, ordenará a la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones la notificación de los resultados definitivos del proceso de evaluación y validación de ofertas técnicas "Sobre A" y con ello los oferentes habilitados para la apertura y lectura de sus ofertas económicas "Sobre B".
¨ Esto lo que indica que el Comité de Compras y Contrataciones, es responsable, repito de la transparencia y pulcritud de ese proceso, del cual, hay muchos rumores negativos. Es que de una vez y por  todas hay que, dejar de descalificar oferentes para favorecer concursantes favoritos, como acontece en otras entidades gubernamentales, concluyó el profesional de la ingeniería.

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