Entiende el profesional de la ingenierĂa, que la decisiĂ³n anunciada al tĂ©rmino de la sesiĂ³n del Consejo de Ministros, realizada ayer jueves en el Palacio Nacional, ademĂ¡s de la importancia que representa para el sector construcciĂ³n y el paĂs, es un reconocimiento a la extraordinaria gestiĂ³n del ministro de Obras PĂºblicas y Comunicaciones (MOPC), ingeniero Deligne AscenciĂ³n.
Tejada, tambiĂ©n, resaltĂ³ el respeto a la Seguridad JurĂdica de los viejos contratos y el Plan Nacional de Conectividad Vial que ejecuta el Gobierno Central, a travĂ©s del MOPC.
¨El Presupuesto General de la NaciĂ³n 2024 harĂ¡ Ă©nfasis en los proyectos viales. Es un reconocimiento a la extraordinaria gestiĂ³n del Ing. Deligne AscenciĂ³n en el MOPC. El respeto a la Seguridad Juridica de los viejos contratos y el plan nacional de Conectividad vial lo confirmañ¨, comentĂ³ el ex presidente del Codia, en su cuenta de twitter.
Las acotaciones del ingeniero Tejada, fueron emitidas a propĂ³sito del conocimiento la tarde de este jueves, por el Consejo de Ministros, los primeros lineamientos del Presupuesto General del 2024, el cual tendrĂ¡ un dĂ©ficit de 3.1% del Producto Interno Bruto (PIB) y se darĂ¡ prioridades a las obras de infraestructuras, al igual que el aprobado para este año.
En el encuentro , encabezado por la Vicepresidenta de la RepĂºblica, Raquel Peña, en representaciĂ³n del Presidente Luis Abinader, no se presentaron nĂºmeros concretos, sino que el encuentro fue para dar comienzo al cronograma, acorde a la Ley OrgĂ¡nica del Presupuesto, que establece que en la primera semana de julio debe ejecutarse la reuniĂ³n de la polĂtica presupuestaria del siguiente año.
Jochi Vicente, ministro de Hacienda, indicĂ³ que, tras hacerse una estimaciĂ³n de ingresos y gastos, con el aumento de la economĂa, para el 2024 se proyecta un monto superior al del 2023, que es de un billĂ³n 479 mil millones de pesos (RD$1,479,119,199,771).
PrecisĂ³ que serĂ¡ para el 1 de octubre que el paĂs conocerĂ¡ los nĂºmeros finales del presupuesto, segĂºn lo establece la indicada ley. DeberĂ¡ ser sometido al Congreso para su observaciĂ³n y aprobaciĂ³n antes de volver al Poder Ejecutivo para su promulgaciĂ³n.
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