Ex presidente del Codia considera proyecto de Ley busca eliminar anticipo debe ser objeto de anĂ¡lisis por los congresistas

 


SANTO DOMINGO, RD.-Teodoro Tejada, ex presidente del Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (Codia), considera  que el proyecto de ley sometido por el candidato a senador por el Distrito Nacional del Partido La Fuerza del Pueblo(FP), Omar FernĂ¡ndez , que busca modificar el CĂ³digo Tributario, para evitar que las microempresas sigan pagando el anticipo anual a la DirecciĂ³n General de Impuestos Internos (DGII), deberĂ­a ser objeto de anĂ¡lisis.

El ingeniero Tejada, entiende , que esa ese proyecto merece sometido anĂ¡lisis y debate en las cĂ¡maras legislativas.

RecordĂ³ , recordĂ³ asimismo, que el anticipo es un impuesto fue establecido en uno de los gobiernos del Partido de la LiberaciĂ³n Dominicana (PLD ).

RefiriĂ³ que el Presidente de Danilo Medina , subiĂ³ ese impuesto de 0.05% al 5%, en su primer gobierno, a travĂ©s de la reforma de Ley abusiva 253-12 d/f 9 de noviembre 2012, en su artĂ­culo 10, literal e) 

¨Esta iniciativa de eliminaciĂ³n del anticipo, es buen motivo de anĂ¡lisis. Es importante decir que, el anticipo es un impuesto del PLD, que subiĂ³ de 0.05% al 5%, en el 1er gobierno de Danilo Medina en la abusiva reforma de Ley 253-12 d/f 9 nov. 2012, en su articulo 10, literal e)¨, enfatizĂ³ el ingeniero Tejada.

El El diputado Omar FernĂ¡ndez, del Partido Fuerza del Pueblo, depositĂ³ este martes un proyecto de ley que busca modificar el CĂ³digo Tributario para evitar que las microempresas sigan pagando el anticipo anual a la DirecciĂ³n General de Impuestos Internos (DGII).

El proyecto, depositado en la SecretarĂ­a de la CĂ¡mara de Diputados,tambiĂ©n persigue que el pago del anticipo que hacen las pequeñas y medianas empresas sea readecuado para motivar asĂ­ a los emprendedores.

De acuerdo a definiciones de la DGII, el anticipo es un pago obligatorio al Impuesto sobre la Renta (ISR) que se debe realizar por adelantado segĂºn las proyecciones de ganancias que tenga una empresa. El dinero serĂ­a devuelto cuando se presente la declaraciĂ³n jurada. 

En ese sentido, las microempresas, que son unidades econĂ³micas con menos de diez empleados, estarĂ­an exentas de pagar este anticipo, mientras que las pequeñas y medianas empresas, que alcanzan hasta los 250 trabajadores, pagarĂ­an el anticipo tras un cĂ¡lculo de impuestos liquidados en un 50 % en sus operaciones del año anterior.

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