Santo Domingo,RD.- Teodoro Tejada, ex titular del Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (Codia), destacó la facultad constitucional que tiene el presidente Luis Abinader, para declarar emergencia sanitaria por la acumulación de residuos y autorizar contrataciones directas , a propósito del decreto 213-25, emitido por el mandatario, en ese sentido.
Sostuvo el ingeniero y gremialista, que dicho no altera el orden Constitucional, porque las Alcaldías de los municipios, incluyendo el del Distrito Nacional, están sujetos a la regulación de la ley 340-06, en su artículo 2, numeral 4, así como su reglamento de aplicación 416-23.
¨En tal virtud, el Presidente Luis Abinader, si tiene facultad para emitir el decreto número 313 que autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional , comprar billetes servicios bajo la excepción de emergencia nacional para el manejo de residuos sólidos ¨, subrayó el extitular del gremio de ingenieros , arquitectos y agrimensores.
Se refirió además, al artículo 128 de la Constitución, referente a las atribuciones del Presidente de la República, en el Numeral 1, literal B, en lo que concierne a su facultad de promulgar y publicar las leyes, resoluciones del Congreso Nacional, así como cuidar su fiel ejecución , expedir decretos, reglamentos e instrucciones.
Las precisiones la hace el ingeniero Tejada, a propósito de cuestionamientos formulados en torno al decreto que declara la emergencia sanitaria ante el acumulamiento de desechos sólidos que pone en peligro el aspecto sanitario en el Distrito Nacional.
Al respecto, el Ayuntamiento del Distrito Nacional, también defendió el pasado lunes el Decreto 213-25, que declara una emergencia sanitaria por la acumulación de residuos y autoriza contrataciones directas , destacando que la medida no vulnera su autonomía, sino que fortalece ante una situación que amenaza la salud colectiva.
Sostiene la corporación edilicia, mediante un comunicado de su Departamento Jurídico, que autonomía municipal no significa aislamiento institucional ni independencia absoluta del marco legal nacional.
Destaca además, que ¨el artículo 61 de la Constitución reconoce el derecho a la salud como un derecho fundamental, lo que impone al Estado, en todas sus instancias, incluyendo los gobiernos locales, la obligación de adoptar medidas urgentes para prevenir amenazas a la salud colectiva, como es el caso de la crisis sanitaria derivada de la gestión de residuos sólidos en el Distrito Nacional.
El presidente Luis Abinader, emitió el decreto número No. 213-25 en el que declara de emergencia nacional las compras y contrataciones para ¨la gestión, recolección, transporte y disposición final ¨de los residuos sólidos en el Distrito Nacional.
El referido decreto brinda facultades para que el Cabildo de la Capital realice procesos de compras y contrataciones en ese sentido, validados en la excepción de prevenir una ¨inminente crisis sanitaria ¨que se generaría por la acumulación de basura.
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