Tribunal ordena al ODAC indemnizar a Marcos Dominici por desvinculación irregular conforme a la Ley 41-08

Santo Domingo, República Dominicana. – En un trascendental avance para la justicia administrativa y la protección de los servidores públicos, la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), mediante su Sentencia No. 0030-02-2025-SSEN-00574, reconoció que la desvinculación del periodista Marcos Dominici del Organismo Dominicano de Acreditación (ODAC) fue ejecutada con exceso y sin el debido respeto a las garantías legales que rigen la función pública. 

Esta decisión se produjo luego de que la Suprema Corte de Justicia, mediante la Sentencia SCJ-TJ-24-0300 del 29 de febrero de 2024, anulara la sentencia anterior por vulneración a su derecho de defensa y dispusiera el reenvío del expediente para ser valorado nuevamente por otro tribunal. 

Tras examinar los hechos, el TSA declaró regular y válido el recurso interpuesto por Dominici a través de sus abogados, y acogió parcialmente sus pretensiones, concluyendo que su separación del cargo de Encargado de Comunicaciones del ODAC careció de justificación y se realizó de manera irregular. 

En virtud de ello, el Tribunal condenó al ODAC al pago de RD$595,000.00 a favor de Marcos Dominici Borges, correspondientes a la indemnización establecida en el artículo 60 de la Ley 41-08 de Función Pública, reconociendo los derechos adquiridos como servidor de Estatuto Simplificado durante sus más de siete años de servicio continuo en la institución. 

La sentencia resalta la obligación de la administración pública de actuar conforme al derecho, motivar debidamente sus decisiones y respetar el debido proceso en los procedimientos. 

Con esta decisión, se reafirma que la justicia ha prevalecido y que los órganos del Estado deben garantizar un trato digno, legal y transparente hacia los trabajadores públicos. La sentencia constituye un precedente importante en defensa de la institucionalidad y los derechos de los servidores públicos en la República Dominicana. 

Publicar un comentario

0 Comentarios