Tribunal Constitucional rechaza demanda hace Ministerio de Relaciones de rechazo a sentencia favorece a periodista

En fecha 18 de Septiembre del 2019, el Tribunal Constitucional, presidido por  su Honorable Presidente  el Jurista doctor Milton Ray  Guevara tuvo a bien emitir la Sentencia TC/ O367/19 cuyo dispositivo de solicitud de estable a favor del Periodista Franklin Stalin Peralta Guzmán , en cuanto a la solicitud de la demanda en suspensión en ejecución de la Sentencia de Amparo interpuesta por el Ministerio de Relaciones Exteriores ( MIREX ) contra la Sentencia Número O30-02-2018-SSEN -00287, dictada por la Primera Sala del Tribunal Administrativo el 30 de agosto de dos mil dieciocho  ( 2018 ), lo siguiente : 
En su dispositivo el Tribunal Constitucional rechaza la demanda en suspensión de ejecución de la Sentencia de amparo interpuesta por el Ministerio de Relaciones Exteriores ( MIREX ) contra la Sentencia Número 030-02-2018-SSEN-00287, dictada por la Primera Sala del Tribunal Administrativo el 30 de agosto del 2018.
Segundo: Declarar la presente demanda en suspensión de ejecución de sentencia libre de costas, confirme a lo establecido por la Ley número 137- 11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales  , del 13 de Junio del 20111.
Tercero: Ordena la comunicación de esta Sentencia, por Secretaria, para su conocimiento y fines de lugar, a parte Demandante , Ministerio de Relaciones Exteriores ( MIREX ); y a la parte demandada, Franklin Stalin Peralta Guzmán .
Cuarto: Disponer que la presente decisión su publicación en el Boletín del Tribunal Constitucional.
Explico el Lic. Franklin Stalin Peralta Guzmán quien es Miembro del Colegio Dominicano de Periodistas ( CDP ), que pesé  haberle notificado la Sentencia del Tribunal Constitucional ,  al Ministerio de Relaciones Exteriores, que preside el Sr.  Canciller Miguel Vargas, mediante sus abogados Gustavo Santos COLL y Ricardo González Hernández, hasta, el momento se ha negado a cumplir el voto de la referida sentencia. No obstante , la misma tener el carácter de la Cosa Irrevocablemente Juzgada.




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