SANTO DOMINGO.-El Tribunal Constitucional (TC) conocerá este viernes en audiencia varios recursos declarados de urgencia que van a decidir, de manera definitiva, la candidatura presidencial del ex mandatario de cara a las elecciones de mayo del 2020.
Dos de esos recursos, sometidos por intervinientes voluntarios, incluyendo un ex precandidato a diputado, procura que el TC declare inconstitucional los artículos de le Ley de Partidos Políticos y la de Régimen Electoral sobre impedimentos para que una persona no pueda correr dos veces para alcanzar la nominación a cargos electivos por más de una organización política en un mismo proceso electoral.
El tercer recurso, depositado por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), busca lograr todo lo contrario, que el Constitucional valide o mantenga vigente los artículos 49 de la Ley 33-18 de Partidos Políticos y 134 de la Ley 15-19 sobre Régimen Electoral, que prohíben el transfuguismo y la doble participación en procesos electorales.
El debate público de expertos legales y políticos concluye en que existe una ambigüedad de ambas leyes, porque ninguno de los textos deja exactamente claro si las limitantes establecidas aplican para candidatos ya escogidos en sus partidos, y/o también para aquellos que participaron en procesos internos y no fueron elegidos.
La Constitución dominicana, en sus artículos 22.1, 75.2 y el 208 amparan el derecho fundamental de “elegir y ser elegible”, ninguno de los cuales remite, en este caso en particular, a las leyes de Partidos Políticos y la de Régimen Electoral, y es donde al parecer radica a confianza de Leonel Fernández, que ya participó de un proceso interno en el PLD, de que no tendrá obstáculo para finalmente acudir como candidato a las elecciones del año próximo.
Abordado por El Nuevo Diario sobre la decisión que se espera adopte este viernes el TC, el experto constitucionalista, abogado Jottin Cury hijo, dijo estar plenamente seguro de que esa alta corte “declarará inconstitucional los artículos 49.4 de la Ley de Partidos y el 134 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral”.
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