Ex presidente del Codia considera se debe ampliar tramo carretero La Otra Banda-Higuey para evitar sigan ocurriendo accidentes en esa vía

 


SANTO DOMINGO.-Teodoro Tejada, ex presidente del Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (Codia), considera que en vez del Intrant sancionar a tres empresas de transporte privado involucradas en dos accidentes ocurrido el pasado sábado en carretera de Bávaro, provincia La Altagracia, los cuales dejaron saldos de personas muertas y heridas, lo que debería es gestionar la ampliación de esa vía.

Enfatizó considera que lo que debería procurar la Dirección del Intrant, para evitar sigan ocurriendo accidentes, es que se amplíe esa carretera que enlaza importantes polos turísticos en la provincia La Altagracia.

Recordó el ingeniero Tejada, que esa vía desde hace unas 4 décadas es de un carril en sentido contrario y pese al auge de la actividad turísticas , no se ha procurado ampliarla.

¨El accidente de la carretera la otra Banda-Higuey, se debe a que, hace 40 años es de un carril en sentido contrario. Con el desarrollo turístico de la zona, no ha sido ampliada¨; expuso el ex presidente del Codia, a través de su cuenta en Twitter.

Consideró además, como una torpeza del Intrant, ¨pretender tapar el sol con un dedo, con sancionar las Empresas de transporte involucradas en el accidente. Si no se amplia la via, los accidentes continuarán¨.
Las consideraciones del ingeniero Tejada, fueron externada tras el anuncio de la Dirección General del Intrant de que las referidas tres empresas del transporte privado involucradas en dos accidentes en dicha zona serán sancionadas, por alegadamente incumplir con normativas que establece el órgano rector del transporte en cumplimiento de la Ley 63-17.
Tras realizar el levantamiento técnico de lugar, como parte de la atribución que le confiere la Ley, el Intrant también detectó que los conductores iban al volante sin la categoría de la licencia correspondiente, dado que para guiar un autobús se requiere la licencia categoría 4.

La inspección realizada por el Intrant respecto al hecho, en la que participan las direcciones de Supervisión y Control y de Seguridad Vial, además del departamento de Transporte Interurbano, arrojó también que los conductores no estaban registrados en la institución como facultados para ofrecer el servicio de transporte público de pasajeros en autobús.

Las sanciones se establecieron según los parámetros establecidos en la ley 63-17, por violación a los artículos 49, sobre las obligaciones de los prestadores del servicio público de transporte terrestre de pasajeros.

Al referirse al tema, Beras reiteró un llamado a los operadores de los distintos modos de transporte en el país a que realicen la adecuada práctica empresarial para sus servicios de conformidad con la Ley 63-17, además de advertir que seguirán sancionando con todo el peso de la Ley a quienes incurran en las faltas expuestas en las normativas.

“Independientemente de que el Intrant hace su trabajo de inspección, debe haber una responsabilidad empresarial de buenas prácticas y supervisar el comportamiento y el cumplimiento de las normas de sus colaboradores”, agregó el director ejecutivo.

El funcionario también exhortó a los ciudadanos a tomar el volante con la prudencia y responsabilidad que se requiere para salvar vidas, respetando las normas de tránsito, al tiempo de afirmar que no hay sanción monetaria que regrese a los fenecidos con sus familiares.

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