TSA ordena al ayuntamiento del Distrito Nacional cumplir con resoluciĆ³n en favor de Impacto Urbano

 


El Tribunal Superior Administrativo, TSA, mediante sentencia No. 0030-02-2023-SSEN-00015, de fecha 17 de enero de 2023, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, ordenĆ³ al Ayuntamiento del Distrito Nacional, ADN, dar cumplimiento a la ResoluciĆ³n No. 25/2014, del 2 de mayo del 2014, mediante la cual se ratificĆ³ el Contrato Transaccional firmado entre Impacto Urbano y la AlcaldĆ­a del Distrito Nacional.

En el aƱo 2007, actuando de manera arbitraria e ilegĆ­tima, el Ayuntamiento del Distrito Nacional removiĆ³ un total de seiscientos diecinueve (619) elementos o vallas publicitarias pertenecientes a Impacto Urbano, causando serios perjuicios econĆ³micos y morales a esta empresa y a sus accionistas.

Por tal razĆ³n, Impacto Urbano iniciĆ³ una serie de acciones judiciales en contra del Ayuntamiento del Distrito Nacional y el alcalde de ese momento, Roberto Salcedo.

Impacto Urbano es una sociedad dedicada a la publicidad exterior en espacios urbanos, especialmente mediante la instalaciĆ³n de vallas lumĆ­nicas.

Este servicio de publicidad exterior siempre fue prestado en apego a las disposiciones normativas que, en su momento, regĆ­an la materia, especialmente de la ResoluciĆ³n No. 46/99 dictada por la Sala Capitular del Ayuntamiento del Distrito Nacional, de fecha 21 de marzo de 1999, tal como se evidencia en la ResoluciĆ³n No. 44/2000 del 21 de marzo del 2000 dictada por la referida Sala Capitular, mediante la cual se autorizĆ³ a Impacto Urbano a colocar paneles luminosos en las vĆ­as pĆŗblicas de la ciudad de Santo Domingo.

En fecha 30 de abril del 2014, Luego de varias sentencias favorables a Impacto Urbano contra el Ayuntamiento del Distrito Nacional y en contra del entonces Alcalde, Roberto Salcedo, tanto en materia civil, penal como administrativa, Impacto Urbano y el Ayuntamiento del Distrito Nacional deciden voluntariamente poner tĆ©rmino a todas las controversias judiciales suscitadas, suscribiendo asĆ­ un “Contrato Transaccional Definitivo y Convenio de EjecuciĆ³n de Contrato de Publicidad Exterior” identificado como Contrato No. AE-0030-14 y sus adendas.

En dicho Contrato Transaccional y sus adendas se estableciĆ³ en favor de Impacto Urbano lo siguiente:

1. El Ayuntamiento se comprometiĆ³ a reconocer los derechos de Impacto Urbano a la reinstalaciĆ³n de las 619 vallas pertenecientes a esta empresa, en el mismo lugar donde se encontraban originalmente;

2. En el marco del reconocimiento y materializaciĆ³n efectiva del derecho de reinstalaciĆ³n de Impacto Urbano, el Ayuntamiento del Distrito Nacional debĆ­a proceder a la ratificaciĆ³n del Anexo D) del Contrato Transaccional, que consiste en un Contrato de Publicidad Exterior en favor de Impacto Urbano, con duraciĆ³n de 10 aƱos, prorrogables por el mismo perĆ­odo y contados a partir de la entrega de las seiscientos diecinueve (619) espacios publicitarios que le corresponden a esta empresa.

3. Adicionalmente, el Ayuntamiento del Distrito Nacional se comprometiĆ³ a pagar una indemnizaciĆ³n en favor de Impacto Urbano, como consecuencia de los procesos judiciales iniciados tras la remociĆ³n de las seiscientas diecinueve (619) vallas y las sentencias condenatorias dictadas en ocasiĆ³n de estos.

Sin embargo, desde el aƱo 2016, de manera arbitraria, inexplicable e intempestiva, el Ayuntamiento del Distrito Nacional: i) dejĆ³ de pagar a Impacto Urbano las contraprestaciones acordadas en el Contrato Transaccional por concepto de indemnizaciones, quedando por pagar a la fecha un treinta por ciento (30%) del monto total establecido; ii) nunca cumpliĆ³ con habilitar las condiciones para la reinstalaciĆ³n de las 619 vallas pertenecientes a Impacto Urbano, en el mismo lugar donde se encontraban originalmente; iii) pero tampoco ha cumplido con la ratificaciĆ³n del Anexo D) del Contrato Transaccional que consiste en un Contrato de Publicidad Exterior en favor de Impacto Urbano.

Esta situaciĆ³n ha provocado que, desde el aƱo 2016, Impacto Urbano interpusiera diversas acciones, demandas y recursos ante los tribunales de la RepĆŗblica Dominicana. Si bien estos procesos aĆŗn siguen abiertos, Impacto Urbano ha obtenido diversas decisiones a su favor, siendo la mĆ”s reciente la sentencia No. 0030-02-2023-SSEN-00015, de fecha 17 de enero de 2023, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo mediante la cual ordena al ADN a cumplir con la ResoluciĆ³n No. 25/2014, del 2 de mayo del 2014, mediante la cual se ratificĆ³ el Contrato Transaccional, firmado en fecha 30 de abril de 2014.

Reconocemos que esta situaciĆ³n es un problema arrastrado y lamentablemente heredado por la actual incumbente de la AlcaldĆ­a del Distrito Nacional. Confiamos en que la alcaldesa, seƱora Carolina MejĆ­a, cuenta con toda la sensibilidad y el criterio de justicia suficiente para reconocer los atropellos que injustamente han sufrido Impacto Urbano y sus accionistas, causados por la AlcaldĆ­a del Distrito Nacional y que, en ese sentido, se abocarĆ” a procurar una soluciĆ³n definitiva, equilibrada y justa de este caso, bajo el amparo de la ley y en procura de la salvaguarda de los derechos adquiridos de Impacto Urbano.

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