-El ministro de Administración Pública, Sigmund Freund, mostró su satisfacción con esta disposición indicando que, con este reglamento se da inicio a un nuevo modelo de gestión pública que colocará al país a la vanguardia de la transformación de los servicios públicos en la región.
Santo Domingo, RD. – Mediante el decreto número 384-26, el Gobierno dominicano dio a conocer el reglamento que pone en marcha la Estrategia Nacional de Servicios Proactivos, una iniciativa que busca impulsar la transición progresiva de los servicios públicos hacia un modelo de gestión anticipatorio basado en eventos de vida.
El decreto define como objetivo del reglamento el establecimiento del marco mínimo obligatorio para el diseño, implementación, operación, seguimiento y evaluación de los servicios proactivos en la Administración Pública bajo dependencia del Poder Ejecutivo.
Explica que la estrategia se articulará mediante un Portafolio Nacional por Eventos de Vida y se ejecutará con base en interoperabilidad, gobernanza de datos, trazabilidad, auditoría, atención omnicanal, mecanismos de corrección y reclamo, y supervisión humana cuando la naturaleza del caso o el ordenamiento jurídico así lo requieran.
El ministro de Administración Pública, Sigmund Freund, mostró su satisfacción con esta disposición, indicando que con este reglamento se da inicio a un nuevo modelo de gestión pública que colocará al país a la vanguardia de la transformación de los servicios públicos en la región.
“Este es un proceso que nos permite pasar de un modelo de administración reactiva y burocrática hacia un Estado anticipatorio que se fundamente en la interoperabilidad segura y el intercambio de datos entre nuestras instituciones, y así poder, mediante la detección automática de lo que conocemos como eventos de vida, como el nacimiento, la educación, el empleo, la jubilación, definir de manera proactiva los servicios que se requerirán a futuro”, manifestó Freund.
Finalidad, rectoría y ámbito de aplicación:
La disposición del Poder Ejecutivo refiere que el reglamento tendrá como finalidad impulsar la transición progresiva hacia una administración pública capaz de actuar de oficio ante eventos de vida o condiciones de elegibilidad legalmente verificadas.
El decreto define como ámbito de aplicación obligatoria a los ministerios, órganos, entes y organismos de la administración pública central y descentralizada funcionalmente, bajo dependencia o tutela del Poder Ejecutivo, en cuanto gestionen trámites, servicios, registros, datos o plataformas involucrados en la prestación de servicios proactivos.
Asimismo, otorga la rectoría funcional, la conducción metodológica, la articulación del Portafolio Nacional por Eventos de Vida, la emisión de lineamientos, estándares e instrumentos técnicos, así como el seguimiento y evaluación de la implementación del presente reglamento, al Ministerio de Administración Pública, sin perjuicio de las competencias constitucionales o legales atribuidas a las demás entidades responsables.





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