-Se oponen a pretensión de introducirlos de nuevo como modificación del Código Penal.
Los abogados JuĆ”rez VĆctor Castillo SemĆ”n, Lic. PelegrĆn Enrique Castillo Arbaje, Carmen Orozco MartĆnez , depositaron una instancia ante las CĆ”maras Legislativas en oposición a la que presentara un grupo abogados, periodistas y comunicadores en fecha 13 de julio con un nueva propuesta de modificación de los ArtĆculos 110 y 111 del Código Penal que penalizan la infracción del aborto para incluir en estos las denominadas tres causales de aborto.
1.-. Sostuvieron que resulta insólito que esas mismas personas y las organizaciones y poderosos grupos de presión internacionales que han actuado en coordinación permanente con ellas, pretendan utilizar la coyuntura presentada por la proyectada discusión de modificaciones a algunos artĆculos que ya ha sido sometida por el Poder Ejecutivo, mayormente relacionada con el derecho de la Libertad de Expresión y de Prensa, para presentar, por enĆ©sima vez, sus fracasadas pretensiones, queriendo pasar por alto que este mismo Congreso Nacional, apenas el aƱo pasado, rechazó las mismas, con toda razón, precisamente, entre otras poderosas razones, para respetar las disposiciones del ArtĆculo 37 de la Constitución y que ello fue refrendado por el Poder Ejecutivo, quedando este debate legislativo, definitivamente cerrado.
2.-Que la maniobra que esos proponentes ejecutan frente a las CĆ”maras Legislativas es todavĆa mĆ”s insólita e increĆble, porque que esas mismas personas, y entidades, conjuntamente con otras, estĆ”n impulsando, en estos mismos momentos, ante el Tribunal Constitucional una descabellada “acción directa en inconstitucionalidad” de esos mismos artĆculos, depositada en fecha 30 de marzo de 2026, frente a la cual los abogados infrascritos estĆ”n representando a las entidades Arquidiócesis de Santo Domingo, Consejo de Unidad EvangĆ©lica (CODUE), la Mesa del Dialogo, Juventud con Una Misión (JUCUM), RD Inclusiva, Inc, Pronación y a las seƱoras Mercedes Núñez y Anny Esther Burgos, conjuntamente con otros colegas, en su intervención voluntaria ante el Tribunal Constitucional, por medio de la cual se solicita el rechazo de esa descabellada acción.
3. - Que la intervención voluntaria en ese proceso busca demostrar que la referida acción en inconstitucionalidad realmente es una estratagema procesal, que tiene como pretexto recurrir, supuestamente, los artĆculos 110 y 111 del nuevo Código Penal, pero que lo que se pretende es que sea derogado, relativizado y puesto de lado por el Tribunal Constitucional el ArtĆculo 37 de la Constitución, es decir, que se declare inconstitucional la propia Constitución. Otras personas y organizaciones que defienden el derecho a la vida produjeron sus intervenciones voluntarias adicionales tambiĆ©n, en oposición a tan artera y malintencionada acción.
4. Que los ahora proponentes de modificar los Articulos 110 y 111 del nuevo código penal, saben bien que tanto el Senado de la RepĆŗblica como la CĆ”mara de Diputados, son partes perseguidas en la “acción en inconstitucionalidad” que ellos secundan e impulsan, porque la misma tiene como objeto una ley emitida por Ć©stas y saben tambiĆ©n que las CĆ”maras Legislativas se han defendido y se han opuesto a dicha acción con justos argumentos, asĆ como tambiĆ©n se ha opuesto en nombre del Poder Ejecutivo y el Estado, la ProcuradurĆa General de la RepĆŗblica. Sin embargo, antes de ayer, se presentan cĆ”ndidamente a pedirle a esas mismas CĆ”maras que den una especie de aquiescencia a su acción y se retracten, no sólo de lo que legislaron el aƱo pasado cuando se aprobó el nuevo Código Penal, sino a los propios escritos que acaban de depositar las CĆ”maras Legislativas y el Poder Ejecutivo oponiĆ©ndose a esa sedicente acción que es secundada e impulsada por los mismos proponentes de ahora.
Concluyeron que en virtud de las consideraciones expuestas, los abogados , como ciudadanos y en ejercicio de la ya mencionada representación que ejercen en en el proceso seguido ante el Tribunal Constitucional por medio de esta instancia solicitaron formalmente al Senado de la RepĆŗblica y la CĆ”mara de Diputados el total y absoluto rechazo de la propuesta presentada el 13 de Julio de 2026 con relación a los ArtĆculo 110 y 111 del Nuevo Código Penal y cualquier otra que haya sido presentada sobre ese tema, ya cerrado por esas CĆ”maras Legislativas, que, por demĆ”s, ya han informado al paĆs que las posibilidades de reforma del Código Penal se circunscribirĆ”n los artĆculos sometidos en el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo.





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